Protección ambiental
Para proteger los organismos acuáticos respétese sin tratar una banda de seguridad de 50 m de los cuales 20 m con cubierta vegetal y boquillas de reducción del 95% de la deriva hasta las masas de agua superficial.
Para proteger los artrópodos no objetivo, respétese sin tratar una banda de seguridad de 5 m hasta la zona no cultivada.
Cualquier actividad que se realice con el presente preparado deberá tener en cuenta las condiciones establecidas en los artículos 31, 32 y 33 del Real Decreto 1311/2012, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios.
Advertencias
H351 Se sospecha que provoca cáncer
Advertencias
H410 Muy tóxico para los organismos acuáticos con efectos duraderos